REGISTRO DE MARCA COMUNITARIA
¿QUE
ES UNA MARCA COMUNITARIA?
Diez
buenas
razones para utilizar la marca comunitaria
1º
Naturaleza unitaria y protección de derechos exclusivos
La marca comunitaria es de naturaleza unitaria, es decir, es
válida en la totalidad de la Unión Europea, y
proporciona
a sus titulares derechos exclusivos que les permiten prohibir a
terceros el uso del signo protegido en sus actividades comerciales o
industriales.
2º
Simplificación de formalidades y de gestión
La naturaleza unitaria de la marca comunitaria, que abarca la totalidad
de los países de la Unión Europea, implica una
simplificación de llas formalidades y de la
gestión:
* una
única solicitud;
* una única lengua de procedimiento;
* un único centro administrativo;
* un único expediente que tramitar.
3º
Reducción de costes
Esta simplicidad redunda en unos costes considerablemente reducidos
respecto a lo que costarían globalmente los registros
nacionales
en la totalidad o en un gran número de los actuales
veintisiete
países de la Unión Europea.
Presentar una
solicitud de marca comunitaria no es caro: una tasa para tres clases de
productos y servicios.
4º
Posibilidad de reivindicar la antigüedad de las marcas
nacionales
La marca comunitaria ha sido concebida como complemento de los sistemas
nacionales de protección. Si los solicitantes o titulares de
una
marca comunitaria ya poseen una idéntica marca nacional
anterior
para idénticos productos y servicios, pueden reivindicar la
antigüedad de dicha marca. Esto les permite mantener sus
derechos
anteriores aunque renuncien a la marca nacional o no la renueven.
5º
Derecho de prioridad
La marca comunitaria complementa los sistemas nacionales de
protección de marcas. La fecha de presentación
concedida
a la marca comunitaria se reconoce como una fecha de prioridad a nivel
tanto de marcas nacionales como de marcas internacionales. Ello se
aplica igualmente en el caso de que los solicitantes decidan
transformar su solicitud o su registro de marca comunitaria en
solicitudes nacionales. Por lo tanto, no hay ningún riesgo
en
optar de inmediato por una marca comunitaria.
6º
Obligación de uso sencilla de cumplir
Una marca comunitaria puede mantenerse en la totalidad de los
países de la Unión Europea
utilizándola de modo
efectivo y serio en un único Estado miembro. Cualquier
empresa,
aunque sólo desee utilizar su marca en uno o pocos Estados
miembros, puede por lo tanto obtener una marca comunitaria sin temor a
procedimientos de caducidad basados en la falta de uso.
7º
Una
protección jurídica ampliada y accesible para
todos
Los procedimientos contra la falsificación pueden llevarse
ante
los Tribunales de Marcas Comunitarias, que son tribunales nacionales
designados por cada Estado miembro de la Unión con
jurisdicción respecto a las marcas comunitarias. Sus
resoluciones surten efecto en todo el territorio de la Unión
Europea. Esto evita el tener que perseguir a los falsificadores de
país en país. Sólo la marca
comunitaria ofrece
este tipo de protección en toda la Unión Europea.
8º
Una
amplia gama de posibilidades para ejercer los derechos derivados de la
marca
La posibilidad de transmisión y de cesión de las
marcas
comunitarias es esencial para la administración de las
empresas.
Una marca comunitaria puede ser cedida para la totalidad o para parte
de los productos o servicios para los cuales esté
registrada,
con independencia de la transmisión de la empresa titular.
Una marca comunitaria también puede ser objeto de licencia
para
la totalidad o para parte de la Unión Europea. Dicha
licencia
puede ser exclusiva o no exclusiva.
9º
Las
marcas comunitarias como derechos anteriores en todos los
países
de la Unión Europea
Las marcas comunitarias constituyen derechos anteriores en
relación a todas las marcas posteriores y a otros derechos
que
puedan suscitar conflictos en todos los Estados miembros. Esto permite
a los titulares de marcas comunitarias no sólo proteger sus
derechos exclusivos a escala comunitaria sino también
prevalecer
sobre derechos nacionales posteriores.
10º
La perspectiva de la ampliación
La ampliación de la Unión Europea a diez nuevos
Estados
miembros, ha tenido como resultado una
Unión de 25
Estados miembros. El tratado de adhesión prevé la
extensión automática de todas las solicitudes y
registros
de marcas comunitarias, al mismo tiempo que limita la posibilidad de
que sean atacadas por motivos que obedezcan únicamente a la
adhesión.
La marca
comunitaria, por lo tanto, no es sólo la puerta de entrada
al
mercado único existente, sino también a un
mercado en
proceso de expansión.
SIGNOS
QUE PUEDEN CONSTITUIR MARCA COMUNITARIA
El
signo o medio que se
adopte
como marca puede ser:
*
Denominativo: un
vocablo
*
Gráfico: un
dibujo
*
Mixto:
combinación de signos denominativos y
gráficos
El signo que se elija
podría ya existir antes de su
adopción o ser un signo de fantasía creado por
quien
pretende usarlo como marca o nombre comercial.
En todo caso:
*
el signo debe servir para
individualizar un producto o servicio, distinguiéndolo
de
otros productos o servicios identicos o similares que concurran en el
mercado.
* no debe estar
inmerso en ninguna de las
prohibiciones
legales.
¿QUE
SON LAS CLASES O NOMENCLATOR?
Los productos y servicos estan recogidos en 45 clases (34 de productos
y 11 de servicos) "Clasificación de Niza".
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