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QUIENES SOMOS

Bienvenidos a Wall's marks on-line.

En Wall's, somos un grupo de profesionales, con dedicación exclusiva, especializados en registros y defensa de marcas y patentes, representantes ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, la Oficina Comunitaria (O.A.M.I.), Oficina de la Marca Internacional (OMPI), disponiendo de corresponsales para las solicitudes directas en todos los países del Mundo.

Aquí encontrará toda la información que necesita sobre nosotros y sobre nuestros servicios. No dude en consultarnos cualquier detalle que no pueda solventar con su visita a nuestra página web.

CONSULTENOS: info@wallsmarks.com

Estamos para servirle.

Wall's marks on-line
Apartado de Correos 331
PETRER (Alicante) ESPAÑA
Telf. de atención al cliente 902 36 56 03
Fax 966 965 130

PORQUE SOMOS LOS Nº 1

Son varias la razones por las que estamos considerados como los nº 1 en los registros on-line.

*.-Porque somos especialistas dedicados exclusivamente a los asuntos de Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual.

*.- Porque disponemos de las últimas tecnologías informáticas, para un mejor control y seguimiento de los expedientes confiados por nuestros clientes.

*.- Porque disponemos de bases de datos propias continuamente actualizadas, efectuando una vigilancia puntual y exaustiva de parecidos de las nuevas solicitudes, con los registros de nuestros clientes.

*.- Porque tratamos de personalizar las gestiones, a fin de que nuestro cliente se sienta confiado con el asesor que en todo momento le atiende.

*.- Porque nuestra obsesión es la seriedad y la puntualidad.

*.- Porque en nuestro sistema de gestión hemos tratado de eliminar todos los gastos innecesarios.

*.- Por todo ello hemos conseguido ofrecer: Los mejores servicios a "LOS MEJORES PRECIOS".

REPRESENTACION

En virtud del artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, estamos legitimados para actuar como representantes ante la Oficina Española de Patentes y Marcas.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 32. Representación.

1. Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado.

2. Cualquier persona con capacidad de obrar podrá actuar en representación de otra ante las Administraciones Públicas.

3. Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación.


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