QUIENES
SOMOS
Bienvenidos
a Wall's marks
on-line.
En
Wall's, somos un grupo
de profesionales, con dedicación exclusiva, especializados
en
registros y defensa de marcas y patentes, representantes ante la
Oficina Española de Patentes y Marcas, la Oficina
Comunitaria
(O.A.M.I.), Oficina de la Marca Internacional (OMPI), disponiendo de
corresponsales para las solicitudes directas en todos los
países
del Mundo.
Aquí
encontrará toda la información que necesita sobre
nosotros y sobre nuestros servicios. No dude en consultarnos cualquier
detalle que no pueda solventar con su visita a nuestra
página
web.
Estamos
para servirle.
Wall's
marks on-line
Apartado de Correos 331
PETRER (Alicante) ESPAÑA
Telf. de
atención al cliente 902 36 56 03
Fax 966 965 130
PORQUE
SOMOS LOS Nº 1
Son
varias la razones por
las que estamos considerados como los nº 1 en los registros
on-line.
*.-Porque
somos
especialistas dedicados exclusivamente a los asuntos de Propiedad
Industrial y Propiedad Intelectual.
*.-
Porque disponemos
de las últimas tecnologías
informáticas, para un
mejor control y seguimiento de los expedientes confiados por nuestros
clientes.
*.-
Porque disponemos
de bases de datos propias continuamente actualizadas, efectuando una
vigilancia puntual y exaustiva de parecidos de las nuevas solicitudes,
con los registros de nuestros clientes.
*.-
Porque tratamos de
personalizar las gestiones, a fin de que nuestro cliente se sienta
confiado con el asesor que en todo momento le atiende.
*.-
Porque nuestra
obsesión es la seriedad y la puntualidad.
*.-
Porque en nuestro
sistema de gestión hemos tratado de eliminar todos los
gastos
innecesarios.
*.-
Por todo ello hemos
conseguido ofrecer: Los mejores servicios a "LOS MEJORES PRECIOS".
REPRESENTACION
En
virtud del
artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo
Común, estamos legitimados para actuar como representantes
ante
la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Ley
30/1992, de 26 de
noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Artículo
32.
Representación.
1.
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por
medio de representante, entendiéndose con éste
las
actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en
contra del interesado.
2.
Cualquier persona con capacidad de obrar podrá actuar en
representación de otra ante las Administraciones
Públicas.
3.
Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y
renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá
acreditarse la representación por cualquier medio
válido
en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante
declaración
en comparecencia personal del interesado. Para los actos y gestiones de
mero trámite se presumirá aquella
representación.
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